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El manejo de los recursos públicos, tema de fondo en el caso Pichátaro: Humberto Urquiza

Patricia Monreal / @Michoacan3_0

Morelia, Michoacán.-El manejo de los recursos públicos es el tema de fondo en el caso Pichátaro, apunta el consejero Humberto Urquiza Martínez, presidente de la Comisión Electoral para la Atención de Pueblos Indígenas del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), a propósito de la polémica suscitada fundamentalmente con el Congreso local por la realización de la consulta a autoridades comunales el pasado lunes.

En entrevista con Michoacán TresPuntoCero, el consejero calificó el tema Pichátaro como innovador, ya que implica el quién puede administrar los recursos dentro de un municipio.

De entrada Urquiza Martínez efectuaría un recuento de los trabajos realizados y criterios aplicados por la autoridad electoral para el cumplimiento de la resolución emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sobre el caso Pichátaro.

“En la primera hay que decir que la consulta no sólo fue el lunes 4 de julio, el proceso empezó desde antes, digamos que desde que se emitió una resolución por el Tribunal que a su vez, ya tenía un antecedente y que era una postura de la comunidad de Pichátaro y otra del alcalde saliente y del entrante de Tingambato. Desde ahí inicia una situación que llevó al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadanos (JDC) que promovió Pichátaro, y ahí hay que decirlo, el Instituto Electoral de Michoacán no tuvo nada que ver, no fue parte ni tercero interesado, era un tema de la comunidad y el ayuntamiento.

“De esa resolución el Tribunal mete al instituto y le ordena realizar diferentes acciones, entre ellas una de las más importantes es realizar la consulta como un derecho que tienen las comunidades indígenas, en particular la de Pichátaro para que ellos decidieran –no el IEM- si el recurso y la responsabilidad la ejercían ellos o si se quedaban en el esquema de una administración municipal tradicional.

“En esa medida el Tribunal incorpora al IEM, mandata, da una orden, porque no hay que olvidar que las resoluciones del órgano jurisdiccional se vuelven en una especie de instrucción o como se dice, se vuelven una norma individualizada que hay que cumplir. Entonces el Instituto no tenía más que cumplir con ella”.

Urquiza Martínez explica que a partir de la resolución el Instituto lo que hace es arrancar reuniones con la comunidad y con el ayuntamiento, “se empiezan a acercar varios elementos que había que cuidar para desarrollar bien la consulta, entre ellos acercarse con instancias estatales, por ejemplo gobierno y Congreso, con CDI (Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas) nos hemos reunido para analizar el tema indígena en general y ahora que se presentó el tema Pichátaro también buscamos tener el apoyo de todos.

“La consulta inicia con dos etapas fundamentales, una es que nos pongamos de acuerdo con la comunidad para ver cuándo quieren la consulta; nosotros no pusimos fecha de la consulta, la resolución no fijaba fecha, pero hay que decir que como parte del derecho a la consulta de acuerdo a los estándares internacionales tú no le puedes imponer nada a la comunidad, ellos deben decir qué, cómo, cuándo y dónde, nosotros no podemos decir es tal día y con este formato, ellos son los que lo deben definir”.

-El planteamiento que se ha hecho es que el IEM incurrió en una especie de albazo con la consulta, porque además en la resolución no se establecía una fecha de caducidad…

“El tema es que nosotros no le podemos decir a la comunidad, oigan ¿la podemos hacer en tres meses?, porque la comunidad es la que define la fecha, insisto, los estándares internacionales son los que nos definen que sus usos y costumbres son los que se deben respetar; un uso puede ser cuándo realizar reuniones, a qué hora las realizas y dónde, por lo tanto no puedes tú fijar como autoridad acciones que vayan a meterse en el campo de lo que es usos y costumbres de la comunidad donde no tienes nada que ver.

“Entonces, acorde con ese principio es que nosotros nos juntamos con la comunidad y ellos fueron los que plantearon que la querían en dos momentos, el 26 de junio a través de la etapa informativa, y el cuatro de julio la etapa consultiva, fijaron la hora, once de la mañana en el primer momento y siete de la tarde en el segundo momento.

“A partir de eso iniciamos todos los trabajos, hicimos la etapa informativa, se informó todo lo que tenía que ver con esto, a las 18 autoridades de la comunidad les informamos lo que implicaba la transferencia de la responsabilidad y del dinero, no solamente es que les des el recurso, sino que tienen que cumplir con principios, leyes, autoridades que los van a fiscalizar, no por darles el dinero quiere decir que ya lo pueden gastar como sea, no, tienen que cumplir con las disposiciones que la ley marca para el uso del recurso público; aquí solamente es quién va a ejecutar ese recurso ¿Tingambato o Pichátaro?, esa era la consulta, y si decidían que Pichátaro tenían que tener claro que las obligaciones que tiene el ayuntamiento se les van a trasladar, eso fue lo que se informó el 26 de junio”.

El consejero refiere que tras la etapa informativa, las autoridades de la comunidad acudieran a informar a los siete barrios, “se garantizó que la comunidad conociera del asunto a través de sus mecanismos, ahí nosotros no podíamos meternos, sin embargo, también por efectos de la resolución nosotros fijamos en la comunidad el resumen de la resolución para que la comunidad estuviera enterada. También en medios de comunicación estuvimos informando, por lo que el Instituto cuidó que la comunidad conociera de este asunto”.

-Se ha cuestionado el porqué se está reconociendo a un Concejo Comunal si la ley no lo prevé, y que las autoridades tradicionales en las comunidades son jefes de tenencia, bienes comunales…

“A Pichátaro la resolución le reconoció algo que es muy importante y que no se ha potenciado mucho, el primer efecto de la resolución es que se reconoce que Pichátaro como comunidad indígena es una persona moral sujeta al derecho público, que tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, se convierte en una autoridad que tiene derecho y obligaciones como la tienen los ayuntamientos, el estado o la federación; en esa perspectiva la comunidad decidió que jefe de tenencia ya no era una figura y que el Concejo Comunal era ya parte de su estructura tradicional.

“Nosotros no podemos meternos tampoco a calificar estos temas porque el Tribunal ya les está reconociendo que ellos pueden determinar en sus usos y costumbres cuál es la instancia que será el punto de contacto para el manejo de los recursos. A diferencia de una jefatura de tenencia un Concejo Comunal es colegiado, no es sólo una persona, por lo que hay mayor participación de la comunidad”.

-¿Porqué se realizó la consulta a 18 gentes y no a toda la comunidad?

“La resolución nos dice que se debe consultar a través y por conducto de sus autoridades tradicionales y representativas, consecuentemente éstas son el Concejo Comunal compuesto de siete personas, Bienes Comunales que son cuatro personas, y los encabezados de barrio que son siete, esas son sus autoridades tradicionales que nosotros no podemos cuestionar porque violaríamos su derecho a la libre determinación.

“Yo estoy convencido de que el IEM está cumpliendo totalmente con la resolución del Tribunal, y que además estamos cumpliendo con el orden jurídico que aplica al tema indígena y que en este caso son los artículos primero y segundo de la Constitución General de la República, el primero de la Constitución del Estado, y los diversos tratados internacionales que regulan el tema de la consulta”.

-¿El IEM está teniendo que cubrir vía acuerdos las omisiones del Poder Legislativo?

“No diría omisión, aquí diría…”

-…porque no ha legislado y ese es el problema…

“Sí, aunque aquí hay que recordar que el origen del problema no está en el tema de una consulta, sino en el uso del recursos público para una comunidad, ese es el asunto, no el ¿a quién consultas?, sino quién puede administrar esos recursos, y en esa medida sí se vuelve un tema innovador…”

-…porque ahora la manera de relacionarse será otra, es una forma de gobierno diferente

“Exactamente, la administración pública municipal debe transitar en un modelo en que tenga a las comunidades indígenas como un parámetro fundamental, porque además en la resolución se mandató que el municipio de Tingambato debe estar consultando a la comunidad de Pichátaro para cualquier cosa; entonces está claro que ya la participación de la comunidad no sólo en un tema económico sino que le afecte debe ser consultada”.

7 julio, 2016
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