En un fuerte revés para la causa de la defensa del maíz en México, el pasado 18 de diciembre de 2013, el Juzgado Federal Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil, en el Distrito Federal, notificó a las partes que no se admitió la demanda civil en vía de acción colectiva, en la que diferentes grupos solicitaron que se reconociera como ilegal la liberación de organismos genéticamente modificados y que señalaba que con la liberación comercial se sobrepasarían los límites y restricciones de la ley.Esto, luego de que el 17 de septiembre de este mismo año, el citado Juzgado ordenara a Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) la suspensión de emitir permisos para siembra de maíz transgénico en nuestro país.
La principal causa para no aceptar la demanda, argumentó SAGARPA Y SEMARNAT, es que ésta no reunía los requisitos necesarios para ser admitida. Entre los principales argumentos está que, quien presentó la demanda no tiene legitimación pues no se demostró que los integrantes de la colectividad la hubieran designado como representante común o que le hubieran solicitado que los representara.
Expresamente se indica también que se deja sin efecto la suspensión dictada, lo que significa que la SAGARPA y la SEMARNAT están en condiciones de continuar con los procesos correspondientes y, por ende, expedir permisos para siembra experimental, piloto y comercial de maíz transgénico.Diferentes organizaciones manifestaron su inconformidad con dicha resolución y advierten de los enormes peligros que acarrea la autorización para sembrar con semillas genéticamente modificadas.