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Para Álvaro Obregón habrá alcalde interino y no sustituto

Patricia Monreal / @Michoacan3_0

En Álvaro Obregón el Congreso del estado el Congreso local no puede nombrar un alcalde sustituto hasta en tanto no exista una sentencia condenatoria en contra del edil Juan Carlos Arreygue Núñez.

El presidente de la Comisión de Gobernación del Congreso, Mario Armando Mendoza Guzmán, señaló que de acuerdo a la Ley Orgánica Municipal, lo que ahora procede es que el Cabildo se reúna y designe al síndico como encargado de despacho de la presidencia municipal, además de notificar a la Cámara para que ésta arranque el proceso legal correspondiente.

Refirió que el Congreso lo que deberá nombrar es un alcalde interino y no un sustituto, ya que ésta última figura sólo procede hasta que a un munícipe sometido a proceso se le dicta sentencia condenatoria y ésta queda en firme.

Recordó que la Ley Orgánica Municipal establece un plazo de 60 días para que el Síndico permanezca como encargado de despacho, por lo que el ayuntamiento tiene ese periodo de margen para poder notificar al Congreso.

El legislador rechazó tener conocimiento de alguna renuencia por parte del PT para proponer un alcalde interino en Álvaro Obregón, y recordó que el proceso en estos momentos no está ni siquiera en manos del Congreso debido a que aún no transcurren los tiempos para ser notificado.

Cabe recordar que ante la ausencia de un edil, cuando el Congreso debe intervenir para nombrar a un interino o sustituto, se establece que se deberá respetar el origen partidista del que venía ocupando el cargo, por ello es que tocará al PT en este caso proponer algún perfil.

7 agosto, 2016
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